La CNMV podrá controlar la publicidad de criptoactivos por decreto en España

La CNMV podrá someter a autorización u otras modalidades de control la publicidad de criptoactivos

14 de marzo de 2021

En España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) podrá someter a autorización u otras modalidades de control la publicidad de criptoactivos, con la posibilidad de añadir advertencias sobre riesgos y características. Así lo informaron desde el portal Pymex, donde explicaron que esto surgió de un real decreto-ley publicado el sábado pasado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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“El texto advierte de los riesgos que pueden tener estos activos, que podrían ser usados con fines ilegales, necesitan una custodia adecuada para proteger la inversión y se están ofreciendo como objeto de inversión al público general”, explicaron en el artículo de Pymex.

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“Asimismo, el real decreto-ley también autoriza al supervisor a desarrollar mediante circular el ámbito objetivo y subjetivo, así como los mecanismos y procedimientos de control que se aplicarán en este sentido”, agregaron luego.

Según indicaron, estos cambios modifican el Real Decreto Legislativo 4/2015, del 23 de octubre, y se recogen en un nuevo artículo 240 bis.

Un comunicado para los consumidores

El pasado 9 de febrero, Cointelegraph en Español informó que el Banco de España en conjunto con la CNMV, emitieron un comunicado, con el que procuraban advertir a los ciudadanos sobre riesgos de las criptomonedas como inversión.

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El comunicado conjunto comenzaba diciendo lo siguiente:

“En los últimos meses, numerosas criptomonedas, entre ellas Bitcoin y Ether, han experimentado elevada volatilidad en sus precios, lo cual ha sido acompañado de un aumento significativo de la publicidad, en ocasiones agresiva, para atraer inversores.

El Banco de España y la CNMV ya advirtieron en 2018 sobre el riesgo de este tipo de inversiones debido, entre otros factores, a su extrema volatilidad, complejidad y falta de transparencia que las convierten en una apuesta de alto riesgo”.

Según estas instituciones españolas, “los criptoactivos, incluyendo las criptomonedas y la tecnología que les da soporte, pueden ser elementos que dinamicen y modernicen el sistema financiero en los próximos años”. Sin embargo, el comunicado puntualiza que, para valorar su validez como alternativa de inversión o su uso como medio de pago es preciso también tener muy presentes diferentes aspectos y riesgos.

La CNMV podrá controlar la publicidad de criptoactivos por decreto en España

En este contexto, remarcaban lo siguiente: “Ámbito regulatorio: No existe todavía en la Unión Europea un marco que regule los criptoactivos como el Bitcoin, y que proporcione garantías y protección similares a las aplicables a los productos financieros. Actualmente, se está negociando a nivel europeo un Reglamento (conocido como MiCA) que tiene como objetivo establecer un marco normativo para la emisión de criptoactivos y los proveedores de servicios sobre estos”.

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Por otra parte, el comunicado afirmaba que, desde el punto de vista legal, las criptomonedas no tienen la consideración de medio de pago, no cuentan con el respaldo de un banco central u otras autoridades públicas y no están cubiertas por mecanismos de protección al cliente como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores.

El documento también se refería a un “alto riesgo de inversión” y decía:

“Se estima que hay más de 7.000 criptomonedas en el mercado con características similares a las del Bitcoin”.

El comunicado además hacía referencia a distintos temas como: formación de precios, liquidez, uso como medio de pago, situaciones transfronterizas y posibilidades de robo, estafa o pérdida.

Fuente: cointelegraph.com